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Normativa EPI en el deporte: ¿Qué reglas deben cumplir los arrendadores?

6 min

Los Equipos de Protección Individual (EPI) son esenciales para los trabajadores, ya que están regulados por normativas específicas que los protegen de diversos riesgos laborales. Pero, además, existen EPI reglamentados para la práctica deportiva. De la misma manera que el código laboral en Francia exige a los empleadores tomar medidas para garantizar la salud y la seguridad de sus empleados, los arrendadores de equipos deportivos también deben cumplir con ciertas normas a la hora de poner sus productos en el mercado.

 

¿De qué equipos estamos hablando? ¿A quién afecta esta normativa y qué reglas deben seguirse? ¡Descubre todo lo que necesitas saber sobre los EPI en el deporte!

¿Qué es un EPI-SL o Deporte y Ocio?

La normativa sobre los Equipos de Protección Individual (EPI) está regulada por directrices europeas que establecen requisitos mínimos para proteger a sus usuarios (Reglamento Europeo 2016/425). Estas normas también se aplican a los EPI utilizados en deportes, conocidos como EPI-SL (Equipos de Protección Individual para Deportes y Ocio).

 

Según el Artículo R322-28 del Código del Deporte, se define un EPI-SL por tres criterios:

 

  1. Un conjunto formado por varios dispositivos o medios unidos de manera solidaria por el fabricante, con el fin de proteger a una persona frente a uno o más riesgos que puedan surgir de manera simultánea durante la práctica de una actividad deportiva o de ocio.
  2. Un dispositivo o medio de protección que puede estar integrado o no a un equipo individual no protector, que la persona lleva o sostiene mientras realiza una actividad deportiva o de ocio.
  3. Componentes intercambiables de un EPI-SL, indispensables para su correcto funcionamiento y que se usan exclusivamente para dicho EPI-SL.

 

Además, se considera parte integral de un EPI-SL cualquier sistema de conexión comercializado con él para unirlo a otro dispositivo exterior complementario, aunque este sistema de conexión no esté destinado a ser llevado por el usuario durante la exposición al riesgo.

¿Qué equipos deportivos están involucrados?

Desde gafas de sol y arneses de escalada hasta cascos y bicicletas de montaña, una amplia gama de equipos está sujeta a las disposiciones del Código del Deporte. La lista completa de estos equipos puede consultarse en el Anexo III-3 del artículo R322-27.

 

Estos equipos se dividen en dos categorías:

  • Categoría 1: equipos de diseño simple, donde el usuario puede evaluar por sí mismo la eficacia frente a riesgos mínimos, cuyos efectos no son peligrosos. Ejemplos incluyen gafas de sol (salvo aquellas que protegen de la radiación en caso de eclipse) y EPI-SL que protegen contra golpes y vibraciones menores que no afectan a partes vitales del cuerpo.
  • Categoría 2: equipos que protegen contra riesgos intermedios que pueden causar lesiones irreversibles o incluso la muerte.

 

Los EPI-SL en el centro de atención

Una mañana de diciembre de 2013, un accidente en una pista de esquí puso los EPI en el foco mediático. La caída del piloto de Fórmula 1, Michael Schumacher, fue el centro de la atención, pero el casco que llevaba el deportista fue el primer elemento en ser señalado.

 

La protección del casco se rompió con el impacto, ya que una cámara estaba fijada en él mediante un soporte adhesivo. Inicialmente, se culpó al fabricante de la cámara, luego al fabricante del casco y, finalmente, al fabricante de las fijaciones de los esquís. La investigación también apuntó a la tienda que alquiló los equipos. Al final, los elementos de protección fueron exonerados, pero el accidente sirvió como un llamado de atención para los profesionales del sector y las autoridades públicas.

 

Aunque las primeras normativas datan de 1989, las obligaciones más estrictas para las actividades deportivas de invierno se introdujeron en 2009. Desde la temporada 2014/2015, se han intensificado las campañas de control en las tiendas.

 

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En el ciclismo y cicloturismo por carretera, los cascos (norma NF EN 1078+A1, febrero 2013) son esenciales. Además, para minimizar lesiones graves en la cabeza y el rostro, el decreto del 21 de diciembre de 2016 establece que los ciclistas y pasajeros menores de doce años deben llevar un casco ajustado y conforme a la normativa sobre EPI. Es importante tener en cuenta esta información cuando alquiles bicicletas a tus clientes.

 

En cuanto al ciclismo de montaña, los EPI incluyen guantes, coderas y protección dorsal, pero solo los cascos están sujetos a la norma AFNOR.

¿Cuáles son las normas y regulaciones que se deben cumplir?

Los Equipos de Protección Individual en la práctica deportiva están sujetos a varias normativas, como el Código del Deporte, del Trabajo y de Consumo. Aquí te ofrecemos un resumen de los puntos más importantes:

 

  • El EPI-SL debe cumplir con las normas CE, lo que implica tener una declaración de conformidad CE disponible para cualquier inspección.

  • El EPI-SL debe ir acompañado de una documentación técnica que incluya planos y detalles del equipo, pruebas o resultados de los ensayos de los prototipos, la lista de requisitos esenciales de seguridad y salud considerados en su diseño, la descripción de los controles realizados y un manual de instrucciones. 

¿Cuáles son tus obligaciones como arrendador?

Como arrendador, y responsable de la comercialización, debes garantizar que los EPI-SL, considerados de segunda mano, cumplen con las especificaciones del fabricante. Además, es fundamental que asegures su correcto mantenimiento.

Es obligatorio contar con una persona cualificada dentro de la empresa que se encargue de verificar la implementación de estas buenas prácticas. La normativa exige llevar un registro con las fichas de vida o gestión de los equipos. Este registro puede ser digital o en papel.

 

Las fichas de vida son individuales para cada equipo y deben ser completadas por la persona responsable. Estas fichas incluyen la fecha de fabricación, compra y la duración máxima de uso del equipo. El mantenimiento completo debe realizarse al menos cada 12 meses, y cualquier intervención debe registrarse.

 

Si ocurre algún evento importante relacionado con el equipo, como la adición de un accesorio o una numeración, también debe constar en la ficha. Los manuales de uso y mantenimiento recomendados por el fabricante deben estar vinculados a cada ficha.

 

En caso de una inspección por parte de la DGCCRF, este registro debe estar actualizado y disponible para la administración y los clientes. Además, cada ficha debe conservarse durante tres años después de que el equipo haya sido retirado del inventario.